Puede solicitar la tarjeta la ciudadanía que desee llevar y usar armas de 4.ª categoría al amparo del dispuesto en el artículo 96.6 y 105 del Reglamento de armas.
Son requerimientos para la tramitación de la tarjeta:
En el caso de resultar acreditada la imposibilidad de presentación de la factura del arma se admitirá una declaración jurada en la que consten los datos de la referida arma.
En el supuesto de renovación del permiso será suficiente la presentación de la tarjeta anteriormente expedida.
La persona que tenga la patria potestad deberá recoger la tarjeta del arma personalmente que fin de acreditar la autorización presentada.
El interesado, directamente o a través de representante.
Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Organismo, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.
En el caso de representación:
Nombre: Solicitud de la tarjeta de armas de 4a categoría.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Unidad gestora: Policía Local.
Tipo de interesado: Persona física.
Efectos del silencio administrativo: Desestimatorio.
Tasas/impuestos: No tiene tasas.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.